APROBACION DE LA RESOLUCION DE LA ANP 498/3.837, POR LA CUAL SE ELEVA AL PODER EJECUTIVO LA PROPUESTA DE MODIFICACION DEL CONTRATO FIRMADO CON OBRINEL S.A.




Promulgación: 23/05/2017
Publicación: 31/05/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la empresa OBRINEL S.A. ante la Administración Nacional de Puertos, por la que solicita la modificación del contrato derivado de la Licitación Pública Internacional N° 1/05.

   RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de abril de 2010, se aprobó la adjudicación de que fue objeto la firma OBRINEL S.A., según Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 2/3.517 de fecha 7 de enero de 2010, para la "Concesión de la construcción y explotación de una Terminal Especializada en el acopio, embarque de astillas de madera y graneles en general, más la construcción de un puesto de atraque en el Puerto de Montevideo", en el marco de la Licitación Pública Internacional N° 1/05, formulada por dicha Administración.

   II) Que con fecha 29 de diciembre de 2010, se procedió a la suscripción del Contrato N° 1.498, entre el ya referido Servicio Descentralizado y la empresa OBRINEL S.A., fijándose en la cláusula Cuarto, el Precio de los Servicios, la cual remite al Expediente Licitatorio.

   III) Que posteriormente por Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 498/3.837 de fecha 31 de agosto de 2016, se elevó al Poder Ejecutivo -previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República- la propuesta de modificación del Contrato N° 1.498, firmado con fecha 29 de diciembre de 2010 con la ya aludida firma, en lo referente a la modificación del precio máximo de muellaje, estableciéndose dicho valor en U$S 2.5 mt/eslora / hora.

   IV) Que la presente gestión se encuadra en lo dispuesto por la Ley de Puertos N° 16.246 de 8 de abril de 1992, y por el Decreto N° 412/992 de 1° de setiembre de 1992 (reglamentario de la citada Ley) que regulan el procedimiento para el establecimiento de Tarifas Máximas.

   V) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, así como el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - E.E. N° 2016-17-1-0006434, Ent. N° 5904/2016), se expidieron sin formular objeciones al respecto.

   CONSIDERANDO: los informes precedentes.

   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley de Puertos N° 16.246 de 8 de abril de 1992, y por el artículo 59 de la Reglamentación de la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 412/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, y al Pliego de Condiciones Particulares que rigió la Licitación Pública Internacional de que se trata.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

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   Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 498/3.837 de fecha 31 de agosto de 2016, por la cual se eleva al Poder Ejecutivo la propuesta de modificación del Contrato N° 1.498, firmado con fecha 29 de diciembre de 2010 con la empresa OBRINEL S.A., en lo referente a la modificación del precio máximo de muellaje, estableciéndose dicho valor en U$S 2.5 mt/ eslora / hora.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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