APROBACION DE LAS MEDIDAS DE CONSERVACION. XXXIII REUNION DE LA COMISION PARA LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTARTICOS




Promulgación: 04/02/2015
Publicación: 11/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la gestión promovida por la Comisión Interministerial CCRVMA- Uruguay a los efectos de que se incorporaren al ordenamiento jurídico interno uruguayo las Medidas de Conservación emanadas de las Reuniones de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA);

   RESULTANDO: que en la XXXIII Reunión del 20 de octubre al 31 de octubre de 2014 de la referida Comisión realizada en la Ciudad de Hobart, Tasmania (Australia), se aprobaron por consenso nuevas Medidas de Conservación en función a lo dispuesto en el Art. IX de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos;

   CONSIDERANDO: I) que la República Oriental del Uruguay adhiere al Tratado Antártico el 11 de enero de 1980, pasando a ser Miembro Consultivo el 7 de octubre de 1985;

   II) que la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos de fecha 8 de agosto de 1982 emana de las Reuniones Consultivas del Tratado Antártico e integra su cuerpo normativo;

   III) que la República Oriental del Uruguay es Miembro de la CCRVMA desde el 26 de agosto de 1996;

   IV) que corresponde por tanto proceder a aprobar las Medidas de Conservación que surgieron en la XXXIII Reunión de la Comisión, realizada del 20 al 31 de octubre de 2014;

   V) lo aprobado en los años 1998, 1999, 2000, 2001, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2011, 2012 y 2013 por Resoluciones del Poder Ejecutivo de 28 de marzo de 2000, de 9 de mayo de 2001, de 18 de diciembre de 2001, de 18 de marzo de 2003, 18 de febrero de 2004, 24 de febrero de 2005, 19 de enero de 2006, 5 de enero de 2007, 29 de enero de 2008, 29 de diciembre de 2008, 21 de diciembre de 2009, 28 de enero de 2011, 8 de marzo de 2012, 06 de noviembre de 2013 y 30 de enero de 2014;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase las Medidas de Conservación adoptadas por consenso en la XXXIII Reunión de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos que se detallan a continuación:

   a)   Las Medidas de Conservación: 10-02 (2013), 10-04 (2013), 10-06
        (2008), 10-07 (2009), 10-08 (2009), 10-09 (2011), 21-01 (2010),
        21-02 (2013), 22-01 (1986), 22- 02 (1984), 22-03 (1990), 22-04
        (2010), 22-05 (2008), 22-06 (2012), 22-07 (2013), 22-08 (2009),
        22-09 (2012), 23-01 (2005), 23-02 (1993), 23-03 (1991), 23-04
        (2000), 23-05 (2000), 23-06 (2012), 23-07 (2012), 24-01 (2013),
        25-03 (2011), 26-01 (2009), 31-01 (1986), 31-02 (2007), 32-01
        (2001), 32-02 (2012), 32-18 (2006), 33-01 (1995), 51-01 (2010),
        51-02 (2008), 51-03 (2008), 91-01 (2004), 91-02 (2012), 91-03
        (2009), 91-04 (2011) y las Resoluciones 7/IX, 10/XII, 14/XIX,
        15/XXII, 16/XIX, 17/XX, 18/XXI, 19/XXI, 20/XXII, 22/XXV,
        23/XXIII, 25/XXV, 27/XXVII, 28/XXVII, 29/XXVIII, 30/XXVIII,
        31/XXVIII, 32/XXIX, 33/XXX y 34/XXXI que permanecerán en vigor.

   b)   Las Medidas de Conservación: 10-01 (2014), 10-03 (2014), 10-05
        (2014), 10-10 (2014), 21-03 (2014), 24-02 (2014), 25-02 (2014),
        41-02 (2014) que fueron modificadas por la Comisión.

   c)   Las Medidas de Conservación: 32-09 (2014), 33-02 (2014), 33-03
        (2014), 41-01 (2014), 41-03 (2014) 41-04 (2014), 41-05 (2014),
        41-06 (2014), 41-07 (2014), 41- 08 (2014), 41-09 (2014), 41-10
        (2014), 41-11 (2014), 42-01 (2014), 42-02 (2014), 51-04 (2014),
        51-06 (2014), 51-07 (2014), que fueron adoptadas por la
        Comisión.
Referencias al numeral

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Comisión Interministerial CCRVMA y a los Ministerios involucrados a sus efectos.

   JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - ENZO BENECH
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