ADJUDICACION DE FRECUENCIAS DE RADIODIFUSION. 95.1 MHZ. 96.1 MHZ S.O.D.R.E.




Promulgación: 29/06/1999
Publicación: 08/07/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1462
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales el Servicio Oficial de
Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos "S.O.D.R.E." solicita le sean
adjudicadas dos frecuencias de FM en sustitución de las frecuencias de FM
88,7 Mhz en la ciudad de Florida y FM 89,5 Mhz en la ciudad de San José,
cuyas autorizaciones fueron dejadas sin efecto.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo (Número interno
56.744) de 7 de octubre de 1980, se adjudicaron a dicho Servicio las
frecuencias FM 88,7 Mhz (Canal 204), en la ciudad de Florida y FM 89,5
Mhz. (Canal 208), en la ciudad de San José.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo (Número interno 76.389) de
14 de abril de 1998, se dejó sin efecto la adjudicación antes referida.-

CONSIDERANDO: I) que el Departamento de Radiodifusión de la Dirección
Nacional de Comunicaciones ha proyectado las frecuencias FM 95.1 Mhz.
(Canal 236) para la ciudad de San José y FM 96.1 Mhz. (Canal 241) para la
ciudad de Florida, en sustitución de las anteriormente mencionadas, para
ser operadas con 1 Kilovatio de potencia efectiva radiada (PER) y 75
metros de altura media de antena (HMA).-

II) que la División Técnica de la Dirección Nacional de Comunicaciones
informa que no existen inconvenientes para que se adjudiquen las
frecuencias mencionadas al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión
y Espectáculos "S.O.D.R.E.".-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo establecido en el Decreto-Ley 15.671 de
8 de noviembre de 1984, en la redacción dada por el artículo 9no. de la
Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, a lo dispuesto en el artículo 2do.
del Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977 y artículo 3ro. del Decreto
734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

Adjudícase al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos, "S.O.D.R.E.", las frecuencias de FM que se dirán para las
localidades que se determinan:
Frecuencia     Canal     PER       HMA         Localidad
95.1 Mhz.      236       1 kw.     75 Mts.     San José de Mayo
96.1 Mhz.      241       1 Kw.     75 Mts.     Florida

2

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones,
a sus efectos. Cumplido, archívese.-

FERNANDEZ FAINGOLD - JUAN LUIS STORACE
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