VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida
por la empresa IMELAR S.A., para que se autorice la transferencia del
servicio de telefonía de larga distancia internacional, a favor de la
empresa "KELECOM S.A.".
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/001 de
27 de noviembre de 2001, se le autorizó a la empresa IMELAR S.A., a prestar el servicio de telefonía de larga distancia internacional, previa
obtención de la autorización del sistema por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC).
II) que por la Resolución de la Unidad Reguladora 077/02 de 7 de marzo de 2002, se autorizó el sistema presentado por la empresa "IMELAR S.A.",
destinado a la prestación del servicio de telefonía de larga distancia
internacional, apoyándose en redes de terceros.
CONSIDERANDO: I) que no existen limitaciones emergentes del marco
jurídico normativo para acceder a la transferencia solicitada, ni se han
planteado observaciones de carácter técnico por parte del organismo
competente.
II) que "IMELAR S.A.", ha cumplido con los extremos del numeral 11 de la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/01 de 27 de noviembre de 2001.
III) que la empresa "KELECOM S.A.", ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por el Decreto 115/003 de 25 de marzo de 2003.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley
17.296 de 21 de febrero de 2001 y por el Decreto 115/003 de 25 de marzo
de 2003, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de titularidad de la autorización
conferida por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732/01 de 27 de
noviembre de 2001, a la empresa "IMELAR S.A.", para prestar el servicio
de telefonía de larga distancia internacional, a favor de la empresa "KELECOM S.A.".