Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
3
Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la actividad del proyecto de inversión que se declara de Interés Nacional en la presente resolución, se considerarán activos exentos a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio por el término de cinco años a partir del ejercicio 1° de julio de 1987 al 30 de junio de 1988.