VISTO: que por Resolución de Poder Ejecutivo de 21 de enero de 2003 se
revocó la autorización de Explotación de la Zona Franca de Rivera
oportunamente otorgada a Riodam S.A., manteniéndose la intervención
dispuesta por Resolución de 17 de diciembre de 2001.
RESULTANDO: I) que en cumplimiento de lo dispuesto en el Considerando II
de la Resolución del Ministro de Economía y Finanzas de 22 de julio de
2005, dictada en el expediente Nº 2348/05, el Area Zonas Francas de la
Dirección General de Comercio, elaboró un proyecto de Pliego de Bases y
Condiciones Particulares para el llamado a Licitación Pública de la
Explotación de la Zona Franca de Rivera.
II) que el Proyecto fue elevado a consideración del mencionado
Ministerio, recibiendo las observaciones que fueron recogidas en el texto
que se adjunta.
CONSIDERANDO: I) que la explotación de Zonas Francas constituye una
actividad de naturaleza privada (artículos 8º y 9º de la Ley Nº 15.921,
de 17 de diciembre de 1987), que es oportuno que se desarrolle fuera del
ámbito de actuación del Estado.
II) que para dicho propósito corresponde el llamado a Licitación a que se
hace referencia.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por los artículos
8º y 9º de la Ley Nº 15.921, de 17 de diciembre de 1987.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Llámese a Licitación Pública Nacional e Internacional para la
adjudicación del derecho a Explotar la Zona Franca de Rivera, conforme a
los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares agregados y encomiéndase
al Ministerio de Economía y Finanzas la realización de los procedimientos
necesarios a tal fin.