AUTORIZACION A UTE LA ASOCIACION CON ELETROBRAS, CUYO PRINCIPAL OBJETIVO ES LA INSTALACION DE NUEVAS PLANTAS GENERADORAS DE ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 03/10/2012
Publicación: 11/10/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 968
Referencias a toda la norma
VISTO: que la Administración Nacional de Usinas  y Trasmisiones Eléctricas
(UTE) remite a consideración del Poder Ejecutivo un acuerdo y adenda
firmados con la empresa ELETROBRAS para la evaluación y desarrollo en
conjunto de parques eólicos de generación de energía eléctrica a
instalarse en el territorio nacional.

RESULTANDO: I) que el referido acuerdo y su adenda se inscriben en el
marco del Acuerdo Marco firmado por ambas empresas el día 16 de julio de
2010;

II) que el día 19 de abril de 2012 fue firmado entre ambas empresas, el
Acuerdo para la Evaluación y Desarrollo Conjunto de Parques Eólicos de
Generación de Energía Eléctrica instalados en la República Oriental del
Uruguay;

III) que en el marco de dicho Acuerdo, UTE ofrece a ELETROBRAS estudiar en
conjunto proyectos en los cuales existen medidas de viento y capacidad de
inyección en el sistema de trasmisión;

IV) que a su vez, ELETROBRAS acepta participar conjuntamente con UTE en la
realización del estudio y concreción del proyecto en caso que el mismo sea
aceptable para las dos partes y ofrece a UTE estudiar la participación de
ésta con un 50% del capital accionario, en futuros proyectos eólicos que
ELETROBRAS adquiriría a empresas privadas titulares de proyectos con
potencia de hasta 130 MW, en territorio nacional;

V) que ambas empresas acordaron un cronograma de trabajo para la
implementación del Acuerdo, en el que se destaca la creación de una
sociedad entre UTE y ELETROBRAS.

CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Energía informa, que estas
líneas de cooperación entre ambas empresas están en sintonía con los
objetivos planteados en cuanto a la incorporación de generación eléctrica
a partir de energía eólica en el país, por lo que, del punto de vista de
la disponibilidad futura de energía eléctrica para lograr un adecuado
abastecimiento de la demanda, se considera pertinente este tipo de
iniciativas;

II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería informa, que la competencia del organismo para la firma del
acuerdo y adenda deriva de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Ley
N° 15.031, en la redacción dada por el artículo 22 de la Ley N° 16.832 y
en el artículo 7 de la Ley N° 17.292;

III) que por su parte, en cuanto al contenido de lo acordado, la referida
Asesoría Jurídica informa que no existen objeciones que formular, y
sugiere proyectar resolución a los fines de la autorización del Poder
Ejecutivo.

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (UTE), la asociación con ELETROBRAS en el marco del acuerdo y
adeuda firmados con dicha empresa, cuyo objetivo central es la instalación
de nuevas plantas generadoras de energía eléctrica de fuente eólica en el
territorio nacional.

2

 Comuníquese y publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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