EXPLOTACION DE ZONAS FRANCAS POR PARTICULARES. ITSEN S.A.




Promulgación: 31/07/2007
Publicación: 09/08/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 254

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 La empresa propietaria de los predios relacionados en el numeral 1º de la
presente Resolución, deberá constituir la servidumbre a que se refiere el
artículo 13 de la Ley Nº 15.921 de 17 de diciembre de 1987, dentro del
término de 180 días a contar de la fecha de la presente Resolución.
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