VISTO: la gestión promovida por la empresa Metaldis S.R.L. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la habilitación para
prestar servicios portuarios en el grupo "Al Buque", en la categoría
"Reparaciones Navales" en el Puerto de Montevideo y su posterior
inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios.
RESULTANDO: I) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo
establecido en los artículos 12, 14 y 18 del Decreto Nº 413/992 de 1º de
setiembre de 1992 "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios";
II) Que la Unidad de Contralor de Prestación de Servicios Portuarios de
la citada Administración controló sin objeciones la documentación
aportada por la interesada, en cumplimiento de los requisitos económicos,
administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la
habilitación en cuestión;
III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución Nº
621/3.410 de fecha 1 de junio de 2006, se pronunció autorizando a dicha
empresa la prestación de los servicios solicitados, ad-referéndum de su
aprobación por el Poder Ejecutivo;
IV) Que la Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios y el Departamento
Letrado (informe Nº 279/06 de 15 de junio de 2006) del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas se expidieron al respecto sin formular
observaciones.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y los
Decretos Reglamentarios Nºs. 412/992 y 413/992 de 1º de setiembre de
1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos Nº 621/3.410 de fecha 1 de junio de 2006, por la cual se procedió
a la habilitación a la empresa Metaldis S.R.L., para prestar servicios
portuarios en el grupo "Al Buque", en la categoría "Reparaciones Navales"
en el Puerto de Montevideo y proceder oportunamente a la inscripción de
la misma en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios.