Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estas actuaciones referentes a la situación creada acerca de la
titularidad de la Difusión CX 242 Alfa de Montevideo frecuencia 96.3
Mhz.
Resultando: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 572/984 de 11
de julio de 1984, se autorizó a los señores Imazul Luis Fernández
Martínez, Jorge José Abuchalja Seade y Walter Jorge Chadicov, el uso de
la frecuencia de 96.3 Mhz (Canal 242) con una potencia de 25 Kw., en la
ciudad de Montevideo.
II) que posteriormente y a raíz de ciertas irregulariaddes ocurridas
referentes a la titularidad de dicha difusora, ya que aparecería una
empresa "Emisora Alfa S.R.L.", invocando dicha titularidad, se realizaron
una serie de actuaciones destinadas a esclarecer la referida situación,
aparentemente anómala.
III) que ante la total comprobación de dichas irregularidades, se dictó
la Resolución 671/991 de 10 de setiembre de 1991, la cual sancionó a los
tres cotitulares de la difusora con una multa de 100 UR; y estableció
ante la renuncia del señor Walter Chadicov y la intervención del señor
Pedro Abuchalja en dicha difusora, que los cotitulares de dicha difusora
son los señores Pedro Abuchalja, que se incorpora y los dos cotitulares
anteriores Imazul Fernández y Jorge Abuchalja; estableciéndose además
que la persona jurídica "Emisora Alfa" se halla inhabilitada para operar
la frecuencia de 96.3 Mhz, (Canal 242).
IV) que solucionado un litigio planteado entre todas las personas
referidas, el señor Imazul Fernández manifestó su deseo de desvincularse
de la titularidad de la difusora, que quedaría así integrada por los
señores Jorge y Pedro Abuchalja.
Considerando: I) que el artículo 4º del Decreto 125/993 de 12 de marzo
de 1993 dispuso que los titulares de las radiodifusoras, si son más de
una persona física, deben construir una persona jurídica de las previstas
por la Ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989 o en la Ley 10.761 de 15 de
agosto de 1946.
II) que ante esta nueva disposición y habiendo quedado ahora como
únicos integrantes de la "Empresa Alfa S.R.L." los señores Jorge y Pedro
Abuchalja, cotitulares de la difusora Alfa FM en 96.3 Mhz., de Montevideo
habiendo renunciado a la misma y a la cotitularidad referida el señor
Imazul Fernández, pueda establecerse que en el futuro, la titular de dicha
difusora será "Emisora Alfa S.R.L." integrada exclusivamente por los
señores Jorge y Pedro Abuchalja.
III) que para ello procede sin efecto la inhabilitación que la Resolución
671/991 de 10 de setiembre de 1991, había dispuesto para la persona
jurídica "Emisora Alfa S.R.L. para operar la frecuencia de 96.3 Mhz.
(Canal 242) dispuesta por la referida Resolución.
Atento: a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional y a lo establecido por el artículo 1º del Decreto-Ley 14.670 de
23 de junio de 1977, artículos 15 y 16 del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978, Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990, Decreto
347/992 de 11 de julio de 1992 y artículo 4º del decreto 125/993 de 12 de
marzo de 1993.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Transfiérese la titularidad de la Difusora CX 242 Alfa de Montevideo
frecuencia 96.3 Mhz. integrada por los señores Imazul Fernández Martínez,
Jorge José Abuchalja a la empresa "Emisora Alfa S.R.L." integrada por los
señores Jorge y Pedro Abuchalja.
Revócase parcialmente la Resolución 671/991 de 10 de setiembre de
1991, dejándose sin efecto la inhabilitación por ella establecida y
confirmándose la multa de 100 Unidades Reajustables aplicada a los
señores Imazul Fernández Martínez, Jorge José Abuchalja y Walter Jorge
Chadicov cotitulares a esa fecha de la referida emisora.