VISTO: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la
realización de obras en la Unidad Ejecutora 045 - Centro Auxiliar de Salud
Pública de Libertad;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 436 de la Ley No. 16.170 de 28 de
diciembre de 1990, habilita al Poder Ejecutivo a constituir Comisiones
Honorarias con el cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos
en el Plan de Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las
prescripciones del artículo 589 de la Ley No. 15.903 de 10 de noviembre de
1987;
II) que las obras a realizar se encuentran previstas en el Plan de
Inversiones Públicas de la mencionada Secretaría de Estado;
III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria, la cual se
encargará de la Administración y Ejecución de las obras en cuestión;
IV) que se propone para integrar la misma a la Doctora Marta Zerbino en su
carácter de Directora del mencionado Centro Auxiliar, Señor Luis Reyes,
Señor Aldo García, Señor Jorge Mendieta, Señor Julio Antúnez, Señor
Enrique Gil, Señora Sara Camps y Contador Gustavo Aguirre;
ATENTO: a lo establecido en el artículo 436º de la Ley No. 16.170 de 28 de
diciembre de 1990 y Decreto No. 160/991 de 14 de marzo de 1991 (Interno
No. 51/991);
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Créase la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras en la
Unidad Ejecutora 045 - Centro Auxiliar de Salud Pública de Libertad que
tendrá como cometido la administración y ejecución de las obras previstas
en el Plan de Inversiones Públicas del Inciso 12 - Ministerio de Salud
Pública.
Desígnanse como integrantes de la referida Comisión a la Directora del
mencionado Centro Auxiliar Doctora MARTA ZERBINO, al Señor LUIS REYES, al
Señor ALDO GARCIA, al Señor JORGE MENDIETA, al Señor JULIO ANTÚNEZ, al
Señor ENRIQUE GIL, a la Señora SARA CAMPS y al Contador GUSTAVO AGUIRRE.