Autorízase a la empresa FILEMUR S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º Inciso a. del Decreto Nº 175/003, otorgamiento
de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la Constribución al
Financiamiento de la Seguridad Social, incluido en la adquisición en plaza
de bienes y servicios destinados a la construcción (infraestructura y obra
civil), por hasta un monto imponible de U$S 1:070.726 (dólares americanos
un millón setenta mil setecientos veintiséis). (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.083/008 de 08/12/2008 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 491/007 de 31/07/2007 numeral 2.