APROBACION DEL ACUERDO DE SEDE ENTRE URUGUAY Y LA UNESCO SOBRE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL DIA MUNDIAL DE LA LIBERTAD DE PRENSA




Promulgación: 17/02/2022
Publicación: 03/03/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: el proyecto de Acuerdo de Sede a celebrase entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), respecto de la organización de la Conferencia Internacional sobre el Día Mundial de la Libertad de Prensa a llevarse a cabo en las ciudades de Punta del Este, Montevideo y Colonia del Sacramento, del 2 al 5 de mayo de 2022;

   RESULTANDO: I) que el 3 de mayo fue proclamado Día Mundial de la Libertad de Prensa por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en el año 1993;

   II) que desde entonces, dicho día ha servido como ocasión para celebrar el fundamental principio de la libertad de prensa, evaluar su desarrollo a nivel global y rendir homenaje a los periodistas que han perdido la vida en el ejercicio de su profesión, erigiéndose como un evento emblemático de UNESCO;

   III) que por ofrecimiento del Gobierno Nacional aceptado por el organismo intergubernamental, la edición 2022 se llevará a cabo en el país durante los días 2 a 5 de mayo, en las ciudades de Punta del Este, Montevideo y Colonia del Sacramento;

   IV) que bajo el lema "Periodismo bajo asedio digital", se centrará en cómo la reciente evolución de los medios tecnológicos afecta a la libertad de expresión, a la seguridad de los periodistas, al acceso a la información y su relación con la privacidad;

   V) que igualmente será ocasión para la entrega del Premio Mundial de Libertad de Prensa UNESCO-Guillermo Cano, un prestigioso galardón por el que se rinde tributo a una persona, organización o institución que haya contribuido de forma notoria a la defensa y/o la promoción de la libertad de prensa;

   VI) que la Conferencia Internacional se desarrollará en el Centro de Convenciones de Punta del Este en formato híbrido, al incluir tanto participaciones presenciales como virtuales;

   VII) que el Gobierno de la República ofrecerá a los invitados una gala cultural en el Auditorio Nacional del SODRE el 4 de mayo, y una excursión al casco histórico de Colonia del Sacramento, inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO desde 1995, el 5 de mayo;

   VIII) que la organización del evento impone responsabilidades en varias áreas de que importan competencias de distintas Secretarías de Estado;

   IX) que por el Acuerdo proyectado se asumen obligaciones en cuanto a la organización ejecutiva, la concesión de privilegios e inmunidades a los participantes, la provisión de sitios de reunión, trabajo y alojamiento, facilitación de transporte y trámites de visado, nombramiento de referentes para la coordinación del evento con las autoridades de la agencia internacional, prensa y difusión de las actividades, así como la seguridad general de personas y bienes relacionados a la Conferencia, entre otros;

   X) que la República Oriental del Uruguay se comprometió ante UNESCO a volcar en la organización un presupuesto de hasta US$ 800.000 (dólares americanos ochocientos mil), que serán aportados por el Ministerio de Economía y Finanzas;

   XI) que en consecuencia, mediante la Resolución N° 1409/021, de 7 de diciembre de 2021, el Ministro de Educación y Cultura aprobó la celebración de un convenio con el Instituto de Promoción de Inversiones y Exportaciones de Bienes y Servicios "Uruguay XXI", por el que éste en virtud de su experticia, se obliga a la selección de un organizador profesional de congresos y eventos. El Tribunal de Cuentas no presentó observaciones al convenio, según Resolución N° 192/2022, de 12 de enero de 2022. Para su cumplimiento, se dispuso la reserva presupuestal correspondiente;

   CONSIDERANDO: que en mérito a lo reseñado, corresponde proceder a la aprobación del proyecto de Acuerdo de Sede negociado entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), delegando la suscripción del mismo en representación del país en el Ministro de Educación y Cultura, doctor Pablo da Silveira;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por el artículo 33 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el proyecto de Acuerdo de Sede a celebrase entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), (*) respecto de la organización de la Conferencia Internacional sobre el Día Mundial de la Libertad de Prensa a llevarse a cabo en las ciudades de Punta del Este, Montevideo y Colonia del Sacramento, del 2 al 5 de mayo de 2022.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

   Autorízase a suscribir el proyectado Acuerdo al Ministro de Educación y Cultura, doctor Pablo da Silveira.

3

   Dése cuenta a la Asamblea General y al Tribunal de Cuentas dentro de los diez días siguientes al de su suscripción.

4

   Comuníquese, publíquese.

   LACALLE POU LUIS - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - ALEJANDRO IRASTORZA - REMO MONZEGLIO
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