CESE DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LA COOPERATIVA FAMILIAR DE CONSUMO




Promulgación: 02/08/1989
Publicación: 28/12/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 97
 Visto: las irregularidades comprobadas en el funcionamiento de la
Cooperativa Familiar de Consumo.

 Resultando: I) Que de las actuaciones cumplidas por la Inspección General
de Hacienda, surge un cúmulo de deficiencias administrativas y contables;

 II) que al haberse vencido todos los plazos otorgados para hacer efectiva
su regularización y al no tener ningún tipo de respuesta de la sociedad,
ha quedado demostrado total desinterés de la misma al no respetar en lo
más mínimo las exigencias impuestas.

 Considerando: que los hechos expuestos constituyen flagrantes violaciones
a lo dispuesto por la ley 10.761 de 15 de agosto de 1946 y decreto
reglamentario de 5 de marzo de 1948.

 Atento: a lo informado por la Inspección General de Hacienda y Asesoría
Jurídica de esta Secretaría de Estado y a lo dictaminado por el señor
Fiscal de Gobierno de Primer Turno y a lo dispuesto en el Inciso n) del
numeral 1º de la Resolución del Poder Ejecutivo 798/968 de 6 de junio de
1968, reglamentaria del artículo 168 numeral 24 de la Constitución de la
República, que faculta a delegar atribuciones,

 Ministerio de Economía y Finanzas, en ejercicio de las atribuciones
 delegadas

                              RESUELVE:

1

  Retírase la autorización para funcionar a la Cooperativa Familiar de
Consumo, debiéndose abocar la misma a su liquidación.

2

 Comuníquese y vuelva a la Inspección General de Hacienda a los efectos de
la notificación y contralor de lo dispuesto precedentemente.

HUMBERTO CAPOTE
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