VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de junio de 2006.
RESULTANDO: I) Que por dicho acto se aprobó la Resolución del Directorio
de la Administración Nacional de Puertos Nº 518/3.401 de 2 de marzo de
2006, por la que se otorgó a la firma MONTECON S.A., una prórroga de 180
(ciento ochenta) días del permiso de ocupación del área de 992 m2
alineados con la zona 5 hacia el Este del Puerto de Montevideo.
II) Que la citada empresa por nota de fecha 30 de marzo de 2006 manifestó
al referido Organismo su interés de desistir a la prórroga del permiso de
ocupación de que se trata.
III) Que por Resolución de Directorio Nº 579/3.607 de 3 de mayo de 2006,
la Administración Nacional de Puertos dejó sin efecto la ya mencionada
Resolución Nº 518/3.401 de 2 de marzo de 2006.
IV) Que asimismo, el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central
- Carpeta Nº 199.745), en sentido conteste, dejó sin efecto su
intervención sobre el particular en Sesión de fecha 10 de mayo de 2006.
CONSIDERANDO: que corresponde por tanto proceder en igual forma respecto
de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de junio de 2006.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de junio
de 2006, por la cual se aprobó la Resolución del Directorio de la
Administración Nacional de Puertos Nº 518/3.401 de 2 de marzo de 2006,
que otorgó a la firma MONTECON S.A., una prórroga de 180 (ciento ochenta)
días del permiso de ocupación del área de 992 m2 alineados con la zona 5
hacia el Este del Puerto de Montevideo.