Visto: las presentes actuaciones por la cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor Rafael
Mario Ravazzani Kunz titular de la frecuencia 88.3 Mhz. (Canal CX 202
G), en que opera la difusora "Reflejos FM" en la localidad de Nueva
Helvecia, departamento de Colonia para que se le autorice un cambio de
frecuencia para operar desde dicha ciudad, la citada estación de
frecuencia modulada.
Resultando: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo 73.476 de 7 de
febrero de 1995, se autorizó al señor Rafael Mario Ravazzani Kunz, el
uso de la frecuencia 88.3 Mhz. (Canal CX 202 G) para operar una estación
de radiodifusión en FM en la localidad de Nueva Helvecia, departamento
de Colonia.
II) que fundamenta dicho petitorio en las interferencias que causa la
actual frecuencia de emisión, en la recepción en la zona de otros
servicios.
Considerando: que de los estudios técnicos realizados, surge la
posibilidad de permutar la frecuencia 88.3 Mhz. (Canal CX 202 G) de la
localidad de Nueva Helvecia, por la frecuencia 90.7 Mhz. (Canal 214) de
la localidd de Ecilda Paullier, la cual no ha sido asignada.
Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo establecido en el artículo 4to. del
Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984 en la redacción dada por el
artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y artículo
17mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.
El Presidente de la República,
RESUELVE:
Autorízase al señor Rafael Mario Ravazzani Kunz, titular de la
difusora "Reflejos FM" en que opera la frecuencia 88.3 Mhz. (Canal CX 202
G) en la localidad de Nueva Helvecia, departamento de Colonia, a cambiar
dicha frecuencia, pasando a operar en la frecuencia 90.7 Mhz. (Canal 214),
con un régimen de potencia efectiva radiada (P.E.R.) de 0,1 KW y una
altura media de antena (H.M.A.) de 30 metros o equivalente.
Si en la práctica la estación produjera interferencias perjudiciales a
otros servicios radioelectrónicos ya instalados, el interesado deberá
cesar de inmediato las transmisiones y tomar las medidas necesarias para
su eliminación.