PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. SUDAMTEX DE URUGUAY S.A.




Promulgación: 10/05/2000
Publicación: 17/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A., a
fin de que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el
Banco de Previsión Social a 33 (TREINTA Y TRES), de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que por impacto de una serie de situaciones de hecho que
afectaron la industria textil, como devaluación de las monedas asiáticas,
recesión de mercados, medidas para arancelarias y la pérdida momentánea
del mercado de Brasil, la empresa dispuso el envío al Seguro de Desempleo
a parte de sus trabajadores.

II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, considerándose conveniente esta
ampliación apuntando a tal fin.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Extiéndase por el plazo de noventa (90), días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el beneficio del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a los 33 (treinta y tres),
trabajadores de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A., que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo. 

2

 El monto del subsidio que por esta Resolución se otorga, se liquidará de
conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180. 

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

BATLLE - ALVARO ALONSO
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