FIJACION DE MEDIDAS ESPECIALES ADICIONALES A LA VIGILANCIA QUE CUMPLEN REGULARMENTE LAS FUERZAS ARMADAS EN LAS AREAS DE FRONTERA CON BRASIL Y ARGENTINA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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En los casos en que el Personal Militar, afectado a la tarea asignada en el numeral 1ro. de la presente resolución se viera obligado a utilizar medios materiales de coacción, deberá hacerlo en forma racional, progresiva y proporcional, agotando previamente los mecanismos de disuasión que están a su alcance, según cada caso.