AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. 102.9 MHZ. CX 275 FM TOTAL




Promulgación: 30/06/1998
Publicación: 07/07/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 1176

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Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya instalados en la zona,
(con especial mención del canal 277 que opera en la ciudad de San José)
dicha estación deberá cesar sus transmisiones de inmediato y tomar las
medidas necesarias para su eliminación y en caso de no poder eliminarlas,
el adjudicatario deberá, previa autorización, trasladar a otra ubicación
la citada estación, aportando en su solicitud, los datos correspondientes
de la nueva ubicación para su aprobación.
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