DESIGNACION DE INTEGRANTES DE LA COMISION DIRECTIVA DE LA UNIDAD REGULADORA DE LA ENERGIA ELECTRICA




Promulgación: 17/05/2000
Publicación: 25/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: el artículo 2º de la Ley Nº 16.832, de 17 de junio de 1997 que se
crea la Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica;

RESULTANDO: I) que el artículo 3º de la referida Ley asigna a la Unidad
Reguladora de la Energía Eléctrica (UREE) cometidos cuyo cumplimento
asegurarán la vigencia del nuevo marco regulatorio del sector y el
funcionamiento del mercado de energía eléctrica;

II) la Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica, estará dirigida por
disposición legal, por tres miembros designados por el Poder Ejecutivo;

III) el Decreto Nº 22/999 de 26 de enero de 1999, reglamentario de la Ley
citada en el Visto, dispone que la Unidad Reguladora de la Energía
Eléctrica y la Administración del Mercado Eléctrico estarán conformadas
en un plazo de ciento veinte días;

CONSIDERANDO: I) que resulta urgente, a los efectos de la plena
aplicación de la Ley Nº 16.832, de 17 de junio de 1997, designar los
miembros de la Comisión Directiva de la Unidad Reguladora de la Energía
Eléctrica;

II) que el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Industria,
Energía y Minería y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto proponen la
designación del Ec. Oscar Pessano, de la Dra. Cristina Vázquez y del Ec.
Carlos Costa, personas que reúnen la idoneidad y la capacidad adecuadas
para la función correspondiente;

ATENTO: a lo expuesto, a lo previsto por el artículo 2º de la Ley Nº
16.832, de 17 de junio de 1997, por el artículo 1º de la Ley Nº 14.622,
de 24 de diciembre de 1976 y por el artículo 12º de la Ley Nº 12.079, de
11 de diciembre de 1953;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Desígnanse como miembros de la Comisión que dirigirá la Unidad
Reguladora de la Energía Eléctrica al Ec. Oscar Pessano, a la Dra.
Cristina Vázquez y al Ec. Carlos Costa. 

2

 Las personas designadas que actualmente se desempeñan en cargos
públicos, a partir de su aceptación quedarán suspendidas en el ejercicio
de dicho cargo, mientras actúan como miembros de la Comisión, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.622, de 24 de
diciembre de 1976, en la redacción dada por el artículo 43º de la Ley Nº
16.170 de 28 de diciembre de 1990. 

3

 Comuníquese, notifíquese, etc. 

BATLLE - SERGIO ABREU - ALBERTO BENSION
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