AUTORIZACION PARA LA COMPRA DIRECTA POR EXCEPCION AL AMPARO DEL NUMERAL 30 LITERAL D DEL ART. 482 DE LA LEY 15.903, PARA LA GESTION DE CENTROS NOCTURNOS EN LA CIUDAD DE MONTEVIDEO, EN EL MARCO DEL PROGRAMA CALLE DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el procedimiento de Compra Directa por Excepción por el cual se contratará Cooperativas, Asociaciones u Organizaciones Civiles (en todos los casos sin fines de lucro), para la gestión de centros nocturnos en la ciudad de Montevideo, en el marco del Programa Calle del Ministerio de Desarrollo Social;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Ministerio de Desarrollo Social N° 56/021, de fecha 18 de enero de 2021, se autorizó la realización del llamado N° 01/2021 a expresión de interés a Cooperativas, Asociaciones u Organizaciones Civiles (en todos los casos sin fines de lucro), para la gestión de hasta 12 (doce) conjuntos de 3 (tres) centros nocturnos para mayores de 18 años, con un máximo de 24 (veinticuatro) cupos cada uno, en la ciudad de Montevideo, en el marco del Programa Calle;
II) que de acuerdo al Acta de Apertura de fecha 8 de febrero de 2021 surge que se presentaron al llamado 17 (diecisiete) oferentes: RUT 217453200017 - CENTRO DE INVESTIGACIÓN, INFORMACIÓN Y ESCUCHA, RUT 218518680016 - COOPERATIVA DE TRABAJO ANDAMIANTES CIDS, RUT 216539910014 - COOPERATIVA DE TRABAJO ATENEA, RUT 218689870014 - COOPERATIVA DE TRABAJO CAZA ANTENA, RUT 217783260013 - COOPERATIVA DE TRABAJO CRECIENDO, RUT 216726100012 - COOPERATIVA DE TRABAJO GUIDAÍ MUJERES, RUT 218543310014 - COOPERATIVA DE TRABAJO IMPETU, RUT 217195850014 - COOPERATIVA DE TRABAJO SOCAIRE DE RESPONSABILIDAD SUPLEMENTADA, RUT 216837920018 - COOPERATIVA DE TRABAJO SUMANDO OPCIONES, RUT 218177730019 - COOPERATIVA REBOOT, RUT 216836330012 - COOPERATIVA SENDEROS, RUT 215450990010 - FACTOR SOLIDARIDAD - FACTOR S, RUT 214806800014 - OBRA SOCIAL PABLO VI, RUT 216136900010 - OTRAS MANOS, RUT 216858520019 - PLATAFORMA COOPERATIVA DE TRABAJO LIMITADA, RUT 217522300011 - RONDA CATONGA COOPERATIVA DE TRABAJO, RUT 214754560018 SAI SERVICIOS Y ACCIONES POR LA INFANCIA;
CONSIDERANDO: I) que el referido llamado, si bien no supone un procedimiento competitivo, se realizó con el objetivo de conocer la disponibilidad de Organizaciones y/o Cooperativas de Trabajo de llevar a cabo la gestión de los referidos centros;
II) que la mencionada convocatoria resultó exitosa, habiéndose presentado 17 (diecisiete) Organizaciones y/o Cooperativas dispuestas a gestionar los referidos centros;
III) que el Programa Calle del Ministerio de Desarrollo Social es un conjunto de dispositivos para la inclusión social de personas en situación de calle, mayores de 18 años radicadas en zonas urbanas, cuyo cometido es desarrollar acciones tendientes a la restitución de derechos vulnerados;
IV) que en esta instancia, se procederá a contratar mediante el procedimiento de Compra Directa por Excepción, previsto en el numeral 30 del Literal D del artículo 482 de la Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 314 de la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, a las Organizaciones de la Sociedad Civil y Cooperativas de Trabajo que figuran en el Anexo adjunto a la presente Resolución;
V) que el objetivo de la presente Compra Directa por Excepción consiste en proporcionar solución habitacional nocturna y transitoria a personas que se encuentran en situación de calle, al mismo tiempo que se desarrollan acciones orientadas a la restitución de los derechos vulnerados de los y las participantes;
VI) que el Tribunal de Cuentas, por Resolución N° 0554/2021 adoptada en sesión de fecha 24 de marzo de 2021 (E.E. N° 2021-17-1-0001152, Ent. N° 0792/2021), acordó cometer a la Contadora Auditora destacada en el Ministerio de Desarrollo Social, la intervención del gasto hasta $ 244.370.467, reajustable de acuerdo con lo establecido en los Convenios a suscribirse, previa verificación de que las Organizaciones y Cooperativas a contratar, cumplen con el requisito legal establecido en la causal de excepción invocada, y previo control de su imputación al Grupo adecuado con disponibilidad suficiente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a la citada normativa;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Autorízase la Compra Directa por Excepción al amparo del numeral 30 del Literal D del artículo 482 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 314 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, por la suma de hasta $ 244.370.467 (pesos uruguayos doscientos cuatrocientos millones trescientos setenta mil cuatrocientos sesenta y siete), a valores de enero del año 2021, para la gestión de hasta 12 (doce) conjuntos de hasta 3 (tres) centros nocturnos cada uno, para mayores de 18 años, con un máximo de 24 (veinticuatro) cupos cada uno, en la ciudad de Montevideo, en el marco del Programa Calle del Ministerio de Desarrollo Social, de acuerdo a lo detallado a continuación:
2021
2022
ORGANIZACIÓN
APORTE
MONTO ENERO 2021
CUOTA 1 40$
CUOTA 2 26%
CUOTA 3 26%
CUOTA 8%
COOPERATIVA DE TRABAJO CRECIENDO
SI
20.526.326
8.210.530
5.336.845
5.336.845
1.642.106
COOPERATIVA DE TRABAJO GUIDAÍ MUJERES
SI
20.526.326
8.210.530
5.336.845
5.336.845
1.642.106
COOPERATIVA DE TRABAJO SOCAIRE DE RESPONSABILIDAD SUPLEMENTADA