Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo efectuado por la Empresa EL FORTIN S.R.L., a efectos
de que el Poder Ejecutivo otorgue prórroga del Seguro por Desempleo para
3 (tres) de sus trabajadores.
Resultando: I) Que la citada empresa ha sido afectada por problemas
económicos financieros que han determinado el envío al Seguro por
Desempleo a tres de sus trabajadores calificados.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, determinan
que la empresa se vea imposibilitada de reintegrar, transitoriamente a
sus trabajadores.
Considerando: I) Que resulta de interés general mantener esta importante
fuente de trabajo, parcialmente paralizada por las razones expuestas.
II) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo del beneficio
de desempleo a efectos de permitir a la empresa instrumentar las gestiones
tendientes a la reactivación integral de la misma.
III) Que la presente prórroga se encuentra dentro del plazo establecido
en el inciso 2º del Decreto-Ley 15.180.
Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Artículo 10
del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Extiéndese por el período de 60 (sesenta) días el amparo de los
beneficios del Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión
Social, a contar de los respectivos vencimientos, a 3 (tres) de los
trabajadores de EL FORTIN S.R.L. que se encuentran en condiciones de
acceder al mismo.