Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la solicitud de la firma CH. M. Rajchman y Hno. Sociedad Anónima, tendiente a que se prorrogue el plazo del beneficio del decreto ley 15.548 y de la exoneración del impuesto de control concedidos en los numerales 3° y 4° de la resolución del Poder Ejecutivo del 23 de agosto de 1989 (declaración de interés nacional).
Resultando: La Unidad Asesora de Promoción Industrial considera aceptables los motivos expuestos por la empresa, por lo que propone acceder a lo solicitado, pero exclusivamente hasta el monto de la inversión pendiente.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial, lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del beneficio del decreto ley 15.548 y de la exoneración del puesto por el decreto ley 14.178 de 28 de marzo de 1974.
El Presidente de la República
RESUELVE:
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Prorrógase el plazo establecido en el inciso 1° del numeral 3° de la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de agosto de 1989, que declaró de interés nacional la actividad del proyecto de inversión de CH. M. Rajchman y Hno. S. A. hasta el 30 de junio de 1992 y el plazo previsto en el inciso 3° del mismo numeral hasta el 30 de junio de 1993. Dicha prórroga sólo será aplicable hasta la suma de U$S 527.000.