El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el Artículo 9º del
decreto ley 14.178 con la redacción dada por el Artículo 201 de la ley
15.851 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la
empresa ISILAR S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
522.800 y siempre que se realicen dentro del plazo de 18 meses a partir de
la presente Resolución, todo acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 111
del decreto 840/988 del 14 de diciembre de 1988.