DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. COOPERATIVA AGROPECUARIA LIMITADA DE TREINTA Y TRES




Promulgación: 11/07/1984
Publicación: 30/08/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 87
Visto: la solicitud de la empresa Cooperativa Agropecuaria Ltda. de
Treinta y Tres (CALITT) tendiente a que se incluya el equipamiento que
detalla en la resolución del Poder Ejecutivo del 1º de agosto de 1983, por
la cual fuera declarada de Interés Nacional.

Resultando: que la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
puede accederse a lo solicitado puesto que esta inversión adicional está
integrada por equipos que si bien no figuran en los listados de
equipamiento ya aprobados, sin embargo fueron considerados, en la
inversión del proyecto por lo que no modifican los indicadores de
rentabilidad del mismo.

Atento: a lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y lo
establecido por la ley 14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo de
1974.

                 El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1º de agosto de
1983, por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto
de inversión presentado por Cooperativa Agropecuaria Limitada de Treinta y
Tres (CALITT), dedicada a la industrialización y comercialización de
productos agropecuarios, para la instalación de una planta pasteurizadora
de leche cruda que fomenta el desarrollo de la cuenca de Treinta y Tres y
permite la oferta de leche pasterizada en la mencionada ciudad, en el
sentido de incluir en el listado de equipamiento, no competitivo nacional,
exonerado en su numeral 2, una (1) bomba sanitaria de acero inoxidable
con su motor y demás accesorios, una (1) bomba sumergible para agua con
motor y demás accesorios, un (1) conjunto de cañerias de acero inoxidable,
accesorios, válvulas y demás componentes, y de incluir, asimismo, en el
listado de equipamiento, competitivo nacional, exonerado en su numeral 3,
a un (1) tanque para la leche ácida de acero inoxidable, un (1) tanque
térmico de acero inoxidable con agitador y motor correspondiente, un (1)
tanque depósito de suero de acero inoxidable con agitador y motor
correspondiente y una (1) mesa de acero inoxidable.

GREGORIO C. ALVAREZ - FILIBERTO GINZO GIL - HEBERT ARBUET VIGNALI -
ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - CARLOS MATTOS MOGLIA
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