DEJASE SIN EFECTO RESOLUCION 344/013 RELATIVA A LA CREACION DE UN SEGURO PARCIAL DE EMERGENCIA MEDICA CON UNIDADES MOVILES TERRESTRES, LAREDMOVIL S.A.




Promulgación: 29/09/2014
Publicación: 07/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 662
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo N° 344/013 (Interna N° 38) de 12
de junio de 2013;

RESULTANDO: I) que por la misma se autorizó a la firma "LAREDMOVIL S.A.",
(Servicio Integral de Emergencia Médico Móvil), la creación de un Seguro
Parcial de Emergencia Médica con Unidades Móviles Terrestres para Niños y
Adultos, que cubrirá áreas carenciadas de la población de Montevideo, con
dificultad de acceso a estos Servicios;

II) que por el Numeral 2° de la mencionada Resolución, se dispone que para
su funcionamiento la referida empresa, deberá recabar del Ministerio de
Salud Pública la correspondiente Habilitación, para lo cual se dará
cumplimiento a las exigencias previstas por el Decreto N° 309/008 de 24 de
junio de 2008 y demás normas concordantes, modificativas y
complementarias;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por la División Servicios
de Salud de la Dirección General del Sistema Nacional Integrado de Salud,
de dicha Secretaría de Estado, la referida Empresa no dio cumplimiento a
las reglamentaciones vigentes para otorgar la habilitación correspondiente
para funcionar;

II) que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la mencionada
resolución;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo 344/013 (Interna
N° 38) de 12 de junio de 2013, por la cual, se autorizó a la firma
"LAREDMOVIL S.A.", (Servicio Integral de Emergencia Médico Móvil), la
creación de un Seguro Parcial de Emergencia Médica con Unidades Móviles
Terrestres para Niños y Adultos, que cubriría áreas carenciadas de la
población de Montevideo, con dificultad de acceso a estos Servicios.

2

 Comuníquese.

JOSÉ MUJICA - SUSANA MUÑIZ
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