Visto: la gestión promovida por Austramar S.A. a fin de que se le
autorice a ampliar sus actividades en la Zona Franca de Colonia.
Resultando: I) Que dicha empresa fue autorizada a desarrollar las
actividades comprendidas en el literal B) del artículo 1º de la ley
14.498, de 16 de febrero de 1976 por resolución de 17 de diciembre de
1980;
II) Que en el momento actual desea ampliar aquéllas, incorporando las
incluidas en el literal A) de la norma citada.
Considerando: I) Que el artículo 1º de la mencionada ley 14.489
prevé situaciones como la presente.
II) Que no existen impedimentos para acceder a la ampliación
solicitada.
Atento: a lo informado por la Dirección de Zonas Francas y por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase la resolución de 17 de diciembre de 1980, por la que se
autorizó a Austramar S. A. a desarrollar actividades comprendidas en el
literal B) del artículo 1º de la ley 14.948, de 19 de febrero de 1976, en
la Zona Franca de Colonia, incluyendo en la misma aquéllas enumeradas en
su literal A).