Visto: la gestión de la empresa LANAS TRINIDAD S.A. tendiente a que se
sustituya el beneficio de canalización del ahorro otorgado por resolución
del 16 de marzo de 1986 (Declaratoria de Interés Nacional), por el
beneficio del artículdo 1º del decreto ley 15.548, y se les conceda la
exoneración del Impuesto de Contralor creado por el artículo 69 de la ley
15.767
Resultando: que la Unidad Asesora de Promoción Industrial entiende que
puede accederse a lo solicitado en virtud de considerar aceptables los
motivos expuestos por la empresa.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial, lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía
y lo dispuesto por el decreto 14.178, de 28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
El aumento de capital de la empresa LANAS TRINIDAD S.A. hasta un
incremento equivalente a U$S 3:620.600 estará exonerado del Impuesto de
Contralor creado por el artículo 69 de la ley 15.767, siempre que el hecho
generador del tributo se cumpla antes del 31 de marzo de 1988.