VISTO: la solicitud de aprobación de aumento de capital efectuada por el
CITIBANK N.A. Sucursal Uruguay.
RESULTANDO: que con fecha 26 de marzo de 2013, la casa matriz del Citibank
N.A., resolvió aumentar el capital asignado de la sucursal, que hasta la
fecha totaliza la suma de $ 135.280.410,01 (pesos uruguayos ciento treinta
y cinco millones doscientos ochenta mil cuatrocientos diez con cero un
centésimo), aumentando el capital asignado a la suma de $ 602.244.666,18
(pesos uruguayos seiscientos dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil
seiscientos sesenta y seis con dieciocho centésimos).
CONSIDERANDO: que analizada la documentación presentada por la
compareciente y efectuados los controles de estilo, se concluye que la
reforma resuelta, se adecua a la normativa vigente, dispuesta por la ley
No.16.060 de 4 de setiembre de 1989, y la normativa específica en materia
de intermediación financiera, Decreto Ley No. 15.322 de 17 de setiembre de
1982, Ley No. 16.327 de 11 de noviembre de 1992, Artículo 4° Numeral 5°
del Decreto No. 574/974 de 12 de julio de 1974, Decreto 614/992 de 11 de
diciembre de 1992, modificativos y concordantes;
ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas y a lo antes expuesto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Aprobar el aumento de capital asignado al CITIBANK N.A. Sucursal Uruguay,
en los términos resueltos por la casa matriz del Citibank N.A., el 26 de
marzo de 2013.
Refórmese el Estatuto de dicha Institución en su artículo
correspondiente, debiéndose inscribir la misma en el Registro de Personas
Jurídicas Sección Comercio y publicarse en forma legal.