PROGRAMAS DE VIVIENDAS




Promulgación: 18/05/2000
Publicación: 25/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 903
VISTO: la necesidad de dar cumplimiento al abatimiento de gastos e
inversiones dispuesto para el presente ejercicio por el Decreto Nº 90/000
de 3 de marzo de 2000;

RESULTANDO: I) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente presentó el proyecto de distribución de los topes de gasto
entre los diferentes proyectos a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2º del
Decreto Nº 90/000 de 3 de marzo de 2000;

II) que dicho Ministerio ha efectuado una programación de la ejecución y
recursos asignados para el suministro de soluciones habitacionales a la
población objetivo de los programas de vivienda a su cargo, que
principalmente radica en el abatimiento de los gastos con cargo al Fondo
Nacional de Vivienda y Urbanización (impuesto a las retribuciones de
activos y pasivos) en forma homogénea para todos los ejecutores de
viviendas;

III) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente efectuó la programación indicada en el Resultando anterior de la
presente Resolución, como resultado de las conversaciones mantenidas por
dicha Secretaría de Estado con representantes de todas las entidades
ejecutoras de los diferentes programas de suministro de viviendas a la
población, tales como delegados de la gremial que agrupa a las
cooperativas de vivienda, a los institutos de asistencia técnica,
autoridades de Movimiento de Erradicación de Vivienda Insalubre Rural y
de la Cámara de la Construcción del Uruguay (C.C.U.);

CONSIDERANDO: I) que las bases de la propuesta presentada por el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente se
adecuan a sus posibilidades de ejecución para el presente ejercicio,
conforme determina el Decreto citado en el Visto de la presente
Resolución;

II) que corresponde proceder a la aprobación de la propuesta indicada, a
los efectos del cumplimiento de los topes de gasto para el presente
ejercicio según lo habilitado por el Decreto citado en el Visto, a la
cual podrán adherirse las empresas contratistas y demás ejecutores del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el literal b)
del artículo 27 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración
Financiera y por el Decreto Nº 90/000 de 3 de marzo de 2000;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Aprúebase, ad referendum de la intervención preventiva del Tribunal de
Cuentas, la propuesta efectuada por el Ministerio de Vivienda
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, por la cual se establece el
régimen al que estará sujeto el gasto de inversión para el suministro de
soluciones habitacionales en el presente ejercicio, por parte de los
distintos ejecutores de dicha Secretaría de Estado, que se adjunta y se
considera parte de la presente resolución.- (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al numeral

BATLLE - CARLOS CAT
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