Visto: la solicitud de la firma Medea S.A. tendiente a que se le
autorice a importar dos carreteles con hilado al amparo de la resolución
del Poder Ejecutivo del 13 de setiembre de 1978 por la que fuera declarada
de Interés Nacional.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
puede acceder a lo solicitado en lo relativo a los dos carreteles pero sin
incluir el hilado urdido.
Considerando: corresponde, por lo tanto, actuar conforme a lo indicado
en el Resultando precedente.
Atento: a lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo establecido por la ley 14.178 del 28 de marzo de 1974 (de Promoción
Industrial),
El Presidente de la República
RESUELVE:
Modifícase la resolución del Poder Ejecutivo del 13 de setiembre de
1978, -por la que se declaró de Interés Nacional los proyectos "Medea I" y
"Medea II", destinados a la fabricación de cintas elásticas y a la
producción de galones y grifas bordadas respectivamente, por parte de la
empresa Medea S.A.- en el sentido de incluir en su Anexo I dos carreteles
con exclusión del hilado urdido.