VISTO: la solicitud de la empresa WALTER M. DOLDAN Y CIA. S.A., tendiente
a que se modifique la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de
diciembre de 2001, por la que se declaró promovida la actividad de su
proyecto de inversión;
RESULTANDO: se omitió incluir dentro del listado de equipamiento
exonerado en el numeral 2º. de la Resolución antes mencionada uno de los
items, dictaminado como no competitivo de la industria nacional y se
sustituye uno de los equipos exonerados en el mismo numeral, por otros
dos que conjuntamente cumplen la misma función que el que se sustituye;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Modifícase el numeral 2º. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
27 de diciembre de 2001, por la que se declaró promovida la actividad del
proyecto de inversión de la empresa WALTER M. DOLDAN Y CIA. S.A., en el
sentido de incluir un (1) compresor industrial de refrigeración para
amasadora de 1.300 libras dentro del listado de equipamiento exonerado en
dicho numeral, declarado no competitivo de la industria nacional y de
sustituir un (1) transportador eléctrico de interconexión de máquinas por
un (1) desviador de pan, con banda plástica y meja rodillos y un (1)
transportador eléctrico de interconexión de máquinas;