PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. DANCOTEX SA




Promulgación: 31/07/2006
Publicación: 04/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del Congreso Obrero Textil y del Sindicato de
Dancotex, a fin de que se le otorgue el beneficio de Seguro por
Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 66 (sesenta y seis)
de los trabajadores de la empresa DANCOTEX S.A.

RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la empresa, ha determinado el
envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo, incluyendo a
sesenta y seis trabajadores que han agotado el periodo legal de 6 meses
de Seguro por Desempleo.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a fin de instrumentar las medidas necesarias a efectos de
mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa) días, el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 66 (sesenta y seis)
trabajadores de la firma DANCOTEX S.A. que se encuentran en condiciones
legales de acceder al mismo.

2

 El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180,
de 20 de agosto de 1981.

3

 Comuníquese, publíquese, etc.-

TABARE VAZQUEZ - EDUARDO BONOMI
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