VISTO: la solicitud de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas (U.T.E) para que se le autoricen operaciones de
importación de energía eléctrica desde la República Argentina.
RESULTANDO: I) que U.T.E. celebró contrato de adquisición de potencia
firme y energía asociada con "Central Térmica San Nicolás S.A.",
generador de la República Argentina, con fecha 16 de marzo de 2000, con
acuerdos complementarios otorgados el 5 de abril y el 18 de octubre de
2000 respectivamente;
II) que en informe de fecha 11 de enero de 2001, la Dirección Nacional de
Energía no encuentra observaciones que realizar al referido convenio.
CONSIDERANDO: I) que por el aludido contrato, U.T.E. adquirió potencia
firme y energía asociada al mencionado generador, quien asumió la
obligación correspondiente de exportación y venta;
II) que dicha convención, celebrada en la ciudad de Buenos Aires, fue
suscrita en el marco de la resolución de la Secretaría de Energía de la
República Argentina No. 21/97;
III) que está condicionado a que se obtenga la autorización
correspondiente, que U.T.E. tramita en estas actuaciones.
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el art. 5º Decreto-Ley No.
14694 de 1º de setiembre de 1977, por la Ley No. 16832 del 17 de junio de
1997 y los arts. 12, 19, 20 y 22 del Decreto No. 22/99 de fecha 26 de
enero de 1999, y a lo dictaminado por la Dirección Nacional de Energía y
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Otórgase la autorización requerida por la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) para las operaciones de
importación de energía eléctrica de la República Argentina, según
contrato relacionado en el numeral 1º del Resultando de la presente
Resolución.