Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión del Banco de la Nación Argentina solicitando
autorización para aumentar el capital asignado a su sucursal en la
República Oriental del Uruguay.
Resultando: I) que con fecha 23 de diciembre de 1993 el Directorio
del Banco resolvió incrementar el capital del mismo en $ 3:095.000,oo
(pesos uruguayos tres millones noventa y cinco mil) quedando el capital
asignado de la institución en la suma de $ 17:368.730,oo (pesos uruguayos
diecisiete millones trescientos sesenta y ocho mil setecientos treinta).
II) que recabados los asesoramientos pertinentes, ninguno de los
organismos intervinientes observó la solicitud planteada.
Considerando: I) que la presente gestión está encuadrada en el
régimen legal vigente en materia de Bancos y Casas Bancarias.
II) lo establecido por el artículo 411° de la Ley N° 13.892 de 19 de
octubre de 1970, artículo 4°, numeral 5° del Decreto N° 574/974 de 12 de
julio de 1974, Decreto-Ley N° 15.322 de 17 de setiembre de 1982, Ley N°
16.327 de 11 de noviembre de 1992 y demás disposiciones legales y
concordantes.
Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la
Inspección General de Hacienda y la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Apruébase el aumento de capital de la sucursal en la República
Oriental del Uruguay del Banco de la Nación Argentina, el que queda fijado
en $ 17:368.730,oo (pesos uruguayos diecisiete millones trescientos
sesenta y ocho mil setecientos treinta).