PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. MANUFACTURA ALGODONERA URUGUAYA S.A.




Promulgación: 08/07/1998
Publicación: 15/07/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  VISTO: La solicitud efectuada por el Congreso Obrero Textil, a fin de
que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 24 (veinticuatro) empleados de la empresa textil
MANUFACTURA ALGODONERA URUGUAYA S.A.

  RESULTANDO: I) Que por razones financieras y comerciales, la empresa
dispuso el cierre del establecimiento, por lo cual, más de cuarenta
operarios han quedado sin su fuente de trabajo.

              II) Que dicha medida, provocó un grave y notorio problema
social, cuya solución se logró relativamente con la suscripción de varias
actas transaccionales en la Dirección Nacional de Trabajo, suscritas entre
los interlocutores representativos de los actores sociales y los
profesionales mediadores del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº 1

                II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la
prestación, pues, en rigor, y por causas mencionadas en el numeral I del
Resultando, la empresa ha comunicado que no podrá cancelar la totalidad de
los créditos laborales pactados.

                III) Que en tal sentido, resulta conveniente conceder una
extensión del amparo al Seguro por Desempleo para permitir a los
trabajadores que circunstancialmente puedan gozar del beneficio, a efectos
de maximizar los esfuerzos tendientes a la búsqueda de alguna solución
encaminada a neutralizar el  presente problema social.

  ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de Agosto de 1981.

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

   Extiéndese por el  plazo de 60 (sesenta) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 24 (veinticuatro)
trabajadores de la firma MANUFACTURA ALGODONERA URUGUAYA S.A., que se
encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. 

2

   COMUNIQUESE, publíquese, etc. 


SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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