INTERVENCION ADMINISTRATIVA Y LIQUIDACION DE INSTITUCION DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. CENTRO MEDICO COOPERATIVO (CE.ME.CO.)




Promulgación: 23/05/2000
Publicación: 31/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 991
Referencias a toda la norma
VISTO: el estado de situación de la Institución de Asistencia Médica
Colectiva denominada Centro Médico Cooperativo (CE.ME.CO);

RESULTANDO: I) que, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil
de 6º turno dispuso con fecha 19 de Mayo de 2000, el Concurso Necesario
de la Institución mencionada, cometiendo al Sindico designado el
ordenamiento del proceso a efectos de su liquidación.

II) que, el decreto de Concurso se funda en la gravísima situación
económica financiera de CE. ME. CO., con la proyección de riesgo cierto y
evidente en la prestación del servicio de salud a su cargo.

III) que, requerido el Ministerio de Salud Pública para la adopción de
medidas urgentes e inmediatas tendientes al mantenimiento del servicio de
salud, se dispuso por la Secretaría de Estado la suspensión de la
habilitación de la Institución mencionada y la clausura de la totalidad
de los servicios, asumiendo el contralor técnico debido y la asistencia
de los afiliados por intermedio de la Administración de los Servicios de
Salud del Estado (A.S.S.E).

CONSIDERANDO: I) que, tal estado de situación, amerita se disponga la
cancelación de la habilitación oportunamente concedida a CE.ME.CO., como
así la intervención de la cooperativa mencionada a los fines de la
liquidación.

II) que, es menester designar una comisión Interventora Liquidadora, a
quién se le conferirá los más amplios poderes de administración y
disposición para el cumplimiento de su cometido.

III) que, dicha Comisión sustituirá a los órganos naturales de la
Institución intervenida, hasta la cancelación de la personería jurídica.

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley 9.202 del 12 de Enero
de 1934 y artículo 12 del Decreto Ley 15.181 de 21 de Agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Dispónese la intervención y liquidación de la Institución de Asistencia
Médica Colectiva denominada Centro Médico Cooperativo (CE.ME.CO),
cancelándose la totalidad de las habilitaciones con las que contaba para
funcionar y la clausura definitiva de todos los servicios involucrados,
cualquiera sea su naturaleza.

BATLLE - LUIS FRASCHINI - ANTONIO MERCADER
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