AUTORIZACION A ANP A CANCELAR HABILITACION DE SERVICIOS PORTUARIOS. ANGELO DRAGO Y CONOZUR S.A




Promulgación: 24/05/2000
Publicación: 31/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 1001
VISTO: estos antecedentes relacionados con la inhabilitación de las
empresas ANGELO DRAGO Y CONOZUR S.A. (afiliadas a CUPROMAR) como Empresas
Operadoras de Servicios Portuarios y su anotación en el Registro
correspondiente.

RESULTANDO: que la Administración Nacional de Puertos dispuso, según
Resolución de Directorio Nº 779/3122 de 29 de setiembre de 1999, proceder
a la referida inhabilitación, supeditada a la aprobación del Poder
Ejecutivo, en base a los incumplimientos registrados por aquellas
respecto a los requisitos preceptuados en el Capítulo V, artículo 15 del
Decreto Nº 413/992 de 1º de setiembre de 1992, que ameritaron su
suspensión oportunamente.

CONSIDERANDO: que la Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios y el
Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se
expiden sin observaciones a lo actuado, aconsejando la aprobación del
Poder Ejecutivo del acto administrativo de que se trata.

ATENTO: a lo dispuesto en los Decretos Nros. 412/992 y 413/992, ambos de
1º de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la inhabilitación de las empresas ANGELO DRAGO Y CONOZUR S.A.
(afiliadas a CUPROMAR) como Empresas Operadoras de Servicios Portuarios y
su anotación en el Registro correspondiente, dispuesta por Resolución del
Directorio de la Administración Nacional de Puertos Nº 779/3122 de 29 de
setiembre de 1999.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus
efectos.

BATLLE - LUCIO CACERES
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