Ver: Resolución Nº 861/015 de 31/08/2015 numeral 2.
VISTO: la Resolución N° 138/014 del Poder Ejecutivo de 25 de marzo de
2014.
RESULTANDO: I) que por dicha resolución se autorizó a GIACOTE S.A. a
generar energía eléctrica de fuente solar fotovoltaica mediante una
central generadora de 5 MW, según anteproyecto presentado, ubicada en el
predio empadronado con el N° 1924 de la segunda sección catastral del
Departamento de Rivera, así como su interconexión al Sistema
Interconectado Nacional;
II) que con fecha 15 de agosto de 2014, GIACOTE S.A. y ALTO CIELO S.A.
solicitan la cesión de la autorización de generación dada al primero en
favor del segundo.
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en los artículo 53 y 54
del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica aprobado por
Decreto N° 360/002 de 14 de setiembre de 2002, es cometido del Poder
Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;
II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido con
los requisitos exigidos por la normativa vigente;
III) que, en consecuencia, se procederá a revocar la autorización otorgada
a GIACOTE S.A. y a autorizar a ALTO CIELO S.A.
ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14.694 de 1° de
setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15.031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16.211 de 1° de octubre de 1991
y la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, el artículo 403 de la Ley No.
18.719 de 27 de diciembre de 2010, el Decreto N° 360/002 de 14 de
setiembre de 2002, Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, y el
Decreto No. 174/013, de fecha 11 de junio 2013, y de acuerdo a lo
informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase a ALTO CIELO S.A. a generar energía eléctrica de fuente solar
fotovoltaica mediante una central generadora de 5 MW, según anteproyecto
presentado, ubicada en el predio empadronado con el N° 1924 de la segunda
sección catastral del Departamento de Rivera, así como su interconexión al
Sistema Interconectado Nacional.