DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. COMPLEJO TURISTICO LA BALCONADA S.R.L.




Promulgación: 17/06/1997
Publicación: 03/07/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1576
Visto: el proyecto de inversión sometido a consideración por la firma
COMPLEJO TURISTICO LA BALCONADA S.R.L. para su calificación como Complejo
Turístico;

Resultando: el Decreto Ley No. 14.178 de 28 de marzo de 1974 y el Decreto
No. 291/95 el 2 de agosto de 1995, prevén el otorgamiento de medidas
promocionales a favor de quienes realicen inversiones en el sector Turismo
del País;

Considerando: I) que el Decreto No. 291/95 en el último inciso de su art.
1o. establece que el Poder Ejecutivo podrá otorgar la declaración de
Interés Nacional y los beneficios tributarios previstos en el decreto a
otros emprendimientos y proyectos que por sus características e
importancia, su ejecución determine un significativo aporte para la
captación de la demanda turística;

II) la empresa COMPLEJO TURISTICO LA BALCONADA S.R.L. proyecta construir
un conjunto habitacional en un predio de 1.162 metros cuadrados ubicado en
la localidad de La Paloma, departamento de Rocha, que brindará una amplia
gama de servicios turísticos, que comprenden: doce apartamentos
totalmente equipados, sala de convenciones, rotisería, doce plazas
techadas para estacionamiento, piscina y juegos para niños.

III) la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera al presente
proyecto viable financiera y económicamente ;

IV) consultada la Asesoría Técnica del Ministerio de Turismo, sugiere la
declaración de Interés Nacional de acuerdo al inciso 2o. del artículo 1o.
del Decreto No. 291/95, en virtud de las características e importancia del
mencionado emprendimiento, fundamentalmente teniendo en cuenta que
constituye una opción turística diferente en cuanto tiende a captar un
segmento  de turistas que buscan tranquilidad y economía, encontrándose
bien localizado para ese fin;

Atento: a lo expresado, a lo dictaminado por la Asesoría Técnica del
Ministerio de Turismo y a lo establecido por el Decreto No. 291/95 de 2 de
agosto de 1995;

El Presidente de la República

                             RESUELVE:

1

     Declárase de Interés Nacional de acuerdo a lo establecido por el
inciso 2o. del artículo 1o. del Decreto No. 291/995, el proyecto de
inversión presentado por COMPLEJO TURISTICO LA BALCONADA S.R.L. para la
construcción del Complejo Turístico ubicado la localidad de La Paloma,
Décima Localidad Catastral del departamento de Rocha, padrón 720, por un
monto total de inversión de U$S 455.000 (dólares americanos cuatrocientos
cincuenta y cinco mil).
Referencias al numeral

2

     Dispónese que deberá darse cumplimiento a los plazos establecidos por
el Decreto No. 291/995 de 2 de agosto de 1995.

3

     Autorízase a la empresa COMPLEJO TURISTICO LA BALCONADA S.R.L., a
usufructuar las exoneraciones previstas en el artículo 3º inciso 1º del
Decreto 291/995 (otorgamiento de un crédito por impuesto al Valor Agregado
en la adquisición de bienes y servicios en plaza) por hasta la suma de U$S
315.000.

4

     Las exoneraciones previstas en los numerales precedentes y en los
art. 4º, 5º y 6º del Decreto No. 291/995 serán aplicables exclusivamente a
las inversiones realizadas entre el 1º/12/95 y el 1º/12/97.

5

     A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente el Ministerio de Industria, Energía y Minería,
previo informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos
competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al
proyecto declarado de Interés Nacional.

6

     Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá
cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de
parte, la revocación de la declaración de Interés Nacional, de conformidad
a lo dispuesto en el Art. 13 del Decreto Ley No. 14.178 de Promoción
Industrial y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.

7

     Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA - BENITO STERN
Ayuda