Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto 650/990 de 18 de diciembre de 1990.
Resultando: que es conveniente crear una comisión Interministerial integrada con representantes de los Ministerios concurrentes en la materia, que actúan en los Pasos de Frontera, a efectos de coordinar y asesorar en la definición, establecimiento de políticas y procedimientos operativos conforme a la normativa vigente.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el decreto 574/974 de 12 de julio de 1974,
El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
Créase una Comisión Interministerial en representación de los Ministerios con competencia concurrente en los Pasos de Frontera, cuyos objetivos, funciones o integración se detallan:
A) OBJETIVOS
- Obtener y mantener el máximo grado de eficiencia en el funcionamiento particular y general de las diferentes agencias ministeriales instaladas en los Pasos de Frontera, concebidos éstos como unidades operativas multidisciplinarias al servicio general de control.
B) FUNCIONES
- Asesorar y coadyuvar en la formulación de los planes operacionales, directivas e instrucciones acerca de los distintos controles a realizar en los Pasos de Frontera.
- Coordinar la faz operativa de cada una de las oficinas involucradas a efectos de lograr la complementación y ejecución de los procedimientos aprobados por la misma.
- Elevar los resultados obtenidos a fin de proponer las medidas correctivas necesarias.
C) INTEGRACION
1.- Miembros Permanentes:
Por el Ministerio de Defensa Nacional:
- El Director Nacional de Pasos de Frontera, que la presidirá.
Por el Ministerio de Economía y Finanzas:
- Un representante de la Dirección Nacional de Aduanas.
Por el Ministerio del Interior:
- Un representante de la Dirección Nacional de Migración.
Por el Ministerio de Salud Pública:
- Un representante de la División Epidemiología.
Por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca:
- Un representante de las Direcciones de los Servicios de Sanidad Vegetal y Animal, respectivamente.
Por el Ministerio de Turismo:
- Un representante.
Por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Un representante.
Por el Ministerio de Industria, Energía y Minería:
- Un representante del L.A.T.U. (Laboratorio de Analisis Técnicos del Uruguay).
Por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas:
-Un representante de la Dirección Nacional de Arquitectura y la Dirección Nacional de Transporte.
2.- Miembros Eventuales.
- Representantes de Organismos y Entidades Públicas o Privadas Nacionales e Internacionales.
- Coordinadores y Subcordinadores de Pasos de Frontera.
La Comisión Interministerial funcionará en la Dirección Nacional de Pasos de Frontera, pudiendo convocarse por iniciativa de cualquiera de sus miembros y con la periodicidad que se estime conveniente.
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - HECTOR GROS ESPIELL - ENRIQUE
BRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO
GOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - CARLOS A. CAT - JULIO CESAR LEIVAS - ALVARO
RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - WALTER GRAIÑO