Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la solicitud formulada por la señora María Elvira Salvo de
Martínez Arboleya, integrante de Monte Carlo TV Sociedad Anónima, titular
de Canal 4 de Televisión de Montevideo, en el sentido de que se le autorice a transferir la totalidad de las acciones que posee en dicha sociedad, las que serán distribuidas de la siguiente manera: 2.194
acciones de N$ 1.000,00 (nuevos pesos un mil) cada una a favor del señor
Angel Walter Bosco Romay Salvo; 2.193 acciones de N$ 1.000,00 (nuevos
pesos un mil) cada una a favor del señor Hugo Antonio Romay Salvo y
2.193 acciones de N$ 1.000,00 (nuevos pesos un mil) cadda una a favor del
señor Daniel Mario Romay Salvo.
Resultando: que quienes se proponen asumir la titularidad de las
acciones mencionadas, son ya integrantes de la sociedad en cuestión habiendo cumplido por tanto con las condiciones establecidas por el decreto 734/978 de fecha 20 de diciembre de 1978.
Considerando: lo dispuesto en el artículo 1° del decreto ley 14.670 de
23 de diciembre de 1977, como así también lo expresado en los artículos
15 y 16 del decreto 734/978, de fecha 20 de diciembre de 1978.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Autorízase a la señora María Elvira Salvo de Martínez Arboleya a
transferir la totalidad de las acciones nominativas que posee en Monte
Carlo TV Sociedad Anónima titular de Canal 4 de Televisión de Montevideo;
las que quedarán distribuidas de la siguiente manera: la nuda propiedad
de 2.194 acciones de N$ 1.000,00 (nuevos pesos un mil) cada una a favor
del señor Walter Carlos Romay Elorza y el usufructo de las mismas al
señor Angel Walter Romay Salvo; 2.193 acciones de N$ 1.000,00 (nuevos
pesos un mil) cada una a favor del señor Hugo Antonio Romay Salvo y 2.193
acciones de N$ 1.000,00 (nuevos pesos un mil) cada una a favor del señor
Daniel Mario Romay Salvo.(*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 679/989 de 07/11/1989 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 556/989 de 05/09/1989 numeral 1.