VISTO: la necesidad de subsanar el error padecido en la confección de la
Resolución ampliatoria del Poder Ejecutivo de la empresa INDUSTRIAS
HARINERAS S.A. de fecha 8 de marzo de 2001, mediante la cual se amplía la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de octubre de 1999, por la que
se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: se padeció error en la confección de la Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 8 de marzo de 2001;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde subsanar el error padecido;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE: