EXONERACION DEL IVA A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES GENERADAS POR LA ACTUACION DE LOS ARTISTAS NO RESIDENTES PARTICIPANTES EN LA "31A. EDICION DEL FESTIVAL DEL LAGO - ANDRESITO LE CANTA AL PAIS"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la actuación de los artistas no residentes participantes en la "31a. Edición del Festival del Lago - Andresito le canta al país", los días 11, 12 y 13 de enero de 2024 en el Departamento de Flores;
RESULTANDO: I) que el evento tiene una indudable trascendencia turística;
II) que el mismo ha sido declarado de interés nacional por Resolución del Ministerio de Turismo, en ejercicio de atribuciones delegadas, con fecha 9 de enero de 2024;
III) que se ha cumplido con las condiciones que establece el Decreto N° 31/014, de 11 de febrero de 2014;
CONSIDERANDO: que es conveniente otorgar en el marco de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, aquellos beneficios fiscales que mejoren las condiciones de realización de la referida actuación;
ATENTO: a lo expuesto y a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las retribuciones personales generadas por la actuación de los artistas no residentes participantes en la "31a. Edición del Festival del Lago - Andresito le canta al país", los días 11, 12 y 13 de enero de 2024 en el Departamento de Flores.
LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - REMO MONZEGLIO