VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC), gestiona dejar sin efecto la
autorización otorgada a "RADIO DURAZNO S.A" por la Resolución del Poder
Ejecutivo 601/998 de 3 de agosto de 1998, al no haber dado cumplimiento a
las condiciones establecidas en la misma.-
RESULTANDO: que por dicha Resolución se autorizó a la permisionaria
"RADIO DURAZNO S.A.", que opera en la frecuencia de 1430 khz., CW 25 AM,
de la ciudad de Durazno, un aumento de potencia a 20 kw.-
CONSIDERANDO: I) que se han conferido en reiteradas oportunidades
prórrogas con nuevos plazos, a los efectos de que los titulares dieran
cumplimiento a la autorización otorgada, siendo la última dispuesta por
la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) 175/03 de 29 de mayo de 2003, bajo apercibimiento de dejar sin
efecto dicha autorización.-
II) que la División Técnica de la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), da cuenta que vencido el término de esta nueva
prórroga, la permisionaria, no ha dado cumplimiento hasta la fecha,
habiendo transcurrido casi seis años desde la autorización inicial.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de fecha 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría
Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Déjase sin efecto la autorización otorgada por la Resolución del Poder
Ejecutivo 601/998 de 3 de agosto de 1998, mediante la cual se otorgó a la
permisionaria "RADIO DURAZNO S.A.", que opera en la frecuencia de 1430
khz., CW 25 AM, de la ciudad de Durazno, un aumento de potencia a 20 kw,
por reiterados incumplimientos con los plazos otorgados.-