AUTORIZACION DEL USO DE LAS CADENAS DE TRANSMISION SIMULTANEA. "COMISION NACIONAL NO A LA BAJA" Y "COMISION PARA VIVIR EN PAZ". 22 DE OCTUBRE DE 2014




Promulgación: 20/10/2014
Publicación: 24/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: las solicitudes planteadas por la Comisión Nacional No a la Baja y
la Comisión Para Vivir en Paz, a los efectos de utilizar la transmisión
simultánea prevista en el artículo 32 del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto
223/008 de 28 de abril de 2008;

RESULTANDO: que las referidas transmisiones tienen por finalidad dirigir
un mensaje a la ciudadanía con motivo del plebiscito que tendrá lugar el
día 26 de octubre, en ocasión de las próximas elecciones nacionales;

CONSIDERANDO: I) que conforme a lo establecido en las normas aludidas en
el VISTO de la presente resolución, corresponde al Poder Ejecutivo
disponer las precitadas transmisiones simultáneas;

II) que se entiende que en el caso procede acceder a lo solicitado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 32
del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el
artículo 1° del Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008, artículo 2° del
Decreto 350/986 de 8 de julio de 1986;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la "Comisión Nacional No a la Baja" y a la "Comisión Para
Vivir en Paz", la transmisión simultánea solicitada para el día 22 de
octubre de 2014, prevista en el artículo 32 del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto
223/008 de 28 de abril de 2008, con motivo del plebiscito que tendrá lugar
el día 26 de octubre, en ocasión de las próximas elecciones nacionales.

2

 Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

JOSE MUJICA - EDUARDO BONOMI - RICARDO EHRLICH - ROBERTO KREIMERMAN -
DANIEL OLESKER
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