AUTORIZACION AL MTSS PARA UTILIZAR LA TRANSMISION SIMULTANEA DEL ACTO DEL 1° DE MAYO DE 2015




Promulgación: 29/04/2015
Publicación: 07/05/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud planteada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los efectos de utilizar la transmisión simultánea prevista en el artículo 32 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008;

   RESULTANDO: que la referida petición tiene por finalidad poder difundir el mensaje del Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social Ernesto Murro, el próximo 1° de mayo, con motivo de conmemorarse el Día de los Trabajadores;

   CONSIDERANDO: I) que conforme a lo establecido en las normas aludidas en el VISTO de la presente resolución, corresponde al Poder Ejecutivo disponer la precitada transmisión simultánea;

   II) que se entiende que en el caso procede acceder a lo solicitado;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 32 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008, artículo 2° del Decreto 350/986 de 8 de julio de 1986;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la transmisión simultánea prevista en el artículo 32 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto 223/008 de 28 de abril de 2008, el día 1° de mayo de 2015, con motivo del Día de los Trabajadores.

2

   Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

   TABARÉ VÁZQUEZ - ERNESTO MURRO - CAROLINA COSSE
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