CESION DE ACCIONES. TELEVISION ABIERTA CANAL 12. MARTHA RODRIGUEZ LARRETA




Promulgación: 07/06/1994
Publicación: 14/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por los señores Martha
Elena Bonavia Rodríguez Larreta y Pablo Eduardo Bonavia Rodríguez
Larreta.

   Resultando: I) que por la misma solicitan autorización para obtener la
transferencia de las acciones de la Sociedad Televisora Larrañaga S.A.
titular de Canal 12 TV Montevideo, correspondientes a la extinta señora
Martha Rodríguez Larreta Requena; autorizándose asimismo la transferencia
de dicho paquete accionario a la señora Martha E. Bonavia Rodríguez
Larreta en función de la donación que efectuara el señor Pablo E. Bonavia
en su favor.

   II) que acorde a lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo
810/981 de 12 de mayo de 1981 la extinta señora Martha Rodríguez Larreta
Requena era accionista de la Sociedad Televisora Larrañaga S.A.

   Considerando: I) que los solicitantes han dado cumplimiento a lo
establecido por el Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y 350/986
de 8 de julio de 1986.

   II) que se ha comprobado fehacientemente la donación de las acciones
que correspondían al señor Pablo E. Bonavia en favor de la señora Martha
Elena Bonavia.

   III) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informa que no
existen inconvenientes técnicos ni jurídicos para que se acceda a lo
solicitado.

   Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido por el
artículo 1ro. de la Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, artículos 15 y 16
del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, y a lo dictaminado en
forma favorable por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional.

   El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transferencia de acciones de la Sociedad Televisora
Larrañaga S.A., titular de Canal 12 TV Montevideo, pertenecientes a la
extinta señora Martha Rodríguez Larreta Requena en favor de sus hijos
señora Martha Elena Bonavia Rodríguez Larreta y Pablo Eduardo Bonavia
Rodríguez Larreta.

2

   Autorízase la transferencia de las acciones pertenecientes a Pablo
Eduardo Bonavia Rodríguez Larreta según donación efectuada por el mismo
en favor de la donataria señora Martha Elena Bonavia Rodríguez Larreta.

3

   Establécese que en un plazo de 120 días, dicha sociedad deberá
acreditar ante la Dirección Nacional de Comunicaciones haber realizado en
forma legal la modificación de su integración.

4

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

LACALLE HERRERA - RODOLFO GONZALEZ RISSOTTO
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