Visto: la gestión de la empresa Fábrica Uruguaya de Neumáticos S.A
tendiente a que se amplíen las resoluciones del Poder Ejecutivo del 20
de agosto de 1986, y 1º de octubre de 1986 por las cuales se declararon de
Interés Nacional dos de sus proyectos de inversión de modo de incluir en
ambas la exoneración del Impuesto a la Constitución y Aumento de Capital
en las Sociedades Anónimas.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial no encuentra
impedimento en acceder a lo solicitado conforme a los montos y plazos
previstos para el beneficio del artículo 1º del decreto ley 15.548 de
17 de mayo de 1984.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial,
lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y
Energía y lo establecido en el decreto ley 14.178 del 28 de marzo de
1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíanse las resoluciones del Poder Ejecutivo de fecha 20 de agosto y
1º de octubre de 1986,- por las cuales se declararon de Interés Nacional
las actividades de los proyectos de inversión presentados por Fábrica
Uruguaya de Neumáticos S.A.,- en el sentido de otorgarle a dicha empresa
la exoneración del Impuesto de Contralor establecido por el Art. 69 de la
ley 15.767 hasta un incremento de capital equivalente a U$S 78.500,00
siempre que el hecho generador del tributo se cumpla antes del 20 de
febrero de 1988, en el caso del proyecto de inversión aprobado el del 20
de agosto de 1986 y hasta un incremento de capital de hasta U$S 45.815
siempre que el hecho generador del tributo se haya cumplido antes del 30
de junio de 1987, para el proyecto de inversión aprobado el 1º de octubre
de 1986.