AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE. COMPAÑIA ORIENTAL DE TRANSPORTE S.A.




Promulgación: 18/08/1992
Publicación: 07/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: El llamado a Licitación Pública No.49/91 para la
concesión de una línea de servicio público de transporte de pasajeros
por ómnibus entre las ciudades de Punta del Este y Chuy con recorrido
por Rutas 39 y 9 que se tramita por exp. 5660-7/91 y agregados.

    Resultando: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de 15 de
noviembre de 1991 se aprobó el Pliego de Condiciones Particulares del
llamado;

II) Que con fecha 26 de diciembre de 1991, a las 11,30 horas, se
procedió a la recepción de ofertas, en segundo llamado, presentadas
por las siguientes  empresas: No.1 C.O.T.S.A.,  No.2 Diomar G. Núñez y
Fanny Mujica S.C.

III) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de la Licitación,
designada por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
de 18 de diciembre de 1991, produjo su dictamen con fecha 28 de
febrero de 1992, el que figura de fojas 99 a 102 del expediente
citado.

IV) Que en el mismo se señala que todas las ofertas presentadas
cumplieron con lo establecido en el apartado VI del Pliego de
Condiciones Particulares, por lo que fueron analizadas.

V) Que por unanimidad de los integrantes la comisión Asesora
asignó puntaje en orden decreciente a C.O.T.S.A. y Diomar G. Núñez y
Fanny Mujica S.C., aconsejando la adjudicación a favor de la primera
de las nombradas.

VI) Que conferida la vista de precepto, el expediente fue puesto
de manifiesto por el plazo legal, presentándose observaciones por
parte de la empresa Diomar g. Núñez y fanny Mujica S.C. ( exp.952/92)

VII) Que analizadas las referidas observaciones por la Comisión
asesora interviniente, ésta formuló las consideraciones respectivas,
en informe fechado el 12 de junio de 1992, según consta en el
expediente indicado, ratificando lo aconsejado inicialmente.

    Considerando: Que se comparten los informes de la Comisión
Asesora, siendo en consecuencia procedente adjudicar la licitación de
la línea.

    Atento: A lo establecido en el Decreto 228/91 de 24 de abril de
1991 que aprueba el Reglamento para la autorización de Servicios
Regulares de Transporte por Carretera.

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

    Adjudícase a la empresa Compañía Oriental de Transporte S.A. La
Licitación Pública No. 49/91 convocada por la dirección Nacional de
Transporte, otorgándosele la concesión de la explotación de la línea
nacional de transporte de pasajeros por ómnibus de media distancia, entre
las ciudades de Punta del Este y Chuy.

2

    El recorrido del servicio será: desde Punta del Este por ruta 39 hasta
Ruta 9 por ésta hasta Chuy por Rocha y viceversa. La distancia por rutas
nacionales entre origen y destino es de 230 km. aproximadamente. La
frecuencia del servicio será de 2 (dos) turnos diarios en cada sentido, en
un todo de acuerdo con la oferta presentada, y lo establecido en el Pliego
de Condiciones Particulares que rigió la citada licitación. 

3

    Comuníquese, publíquese y pase al Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina Central) a sus efectos. Cumplido, siga a la dirección Nacional de
Transporte para la notificación al interesado y demás efectos. 

LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI
Ayuda